Sistema Nacional de Propiedad Industrial

¿Qué es el Sistema de Propiedad Industrial?

El Sistema de Propiedad Industrial constituye el conjunto de relaciones funcionales para la gestión de la propiedad industrial en la República de Cuba y en otros mercados de interés, que se fundamenta en los principios de política, normas nacionales, tratados y acuerdos internacionales suscritos en la materia; está integrado por la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial como órgano rector y los actores del Sistema, que comprende, entre otros, a los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, organizaciones superiores de dirección empresarial, entidades nacionales, empresas y entidades.

El Sistema de Propiedad Industrial tiene los objetivos siguientes:

  • Fomentar la cultura sobre propiedad industrial.
  • Integrar la propiedad industrial a las políticas públicas y de desarrollo nacional para promover la innovación, la transferencia de tecnología, la inversión nacional y extranjera, la exportación de bienes y servicios y el comercio.
  • Institucionalizar la propiedad industrial en los órganos, organismos de la AdministraciónCentral del Estado, organizaciones superiores de dirección empresarial y entidades, para contribuir a la protección, gestión, comercialización y defensa de la propiedad industrial en la República de Cuba y en otros mercados de interés.
  • Fomentar los vínculos entre los centros de investigación, universidades y los actores de la economía nacional vinculados a la industria y el comercio, para explotar los derechos de propiedad industrial, la información no divulgada y cerrar los ciclos de investigación, desarrollo e innovación.
  • Coadyuvar al cumplimiento de los marcos normativos nacionales e internacionales en materia de propiedad industrial.

Ver Guía para diagnóstico y supervisión

Principios del Sistema de Propiedad Industrial

El Sistema de Propiedad Industrial se fundamenta en los principios siguientes:

  • Salvaguardar el interés público para el desarrollo científico-tecnológico y socioeconómico.
  • Permitir la adopción de medidas necesarias para proteger la salud pública y la nutrición de la población.
  • Contrarrestar el ejercicio abusivo de los derechos de propiedad industrial que se adquieran y las prácticas que limiten de manera injustificada el comercio o redunden en detrimento de la transferencia de tecnología.
  • Observar que los acuerdos internacionales que el país suscriba y las normas jurídicas internas no incluyan disposiciones que rebasen los estándares mínimos de protección o socaven las flexibilidades comprendidas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, Acuerdo sobre los ADPIC.
  • Asegurar la protección, gestión y comercialización de los derechos de propiedad industrial y de la información no divulgada.
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