El derecho al registro de los dibujos y modelos industriales se acredita, previa solicitud, mediante un Certificado de Registro de Dibujo Industrial o un Certificado de Registro de Modelo Industrial, según corresponda. Este derecho se concede siempre y cuando el diseño presentado posea novedad en virtud del artículo 94 del Decreto-Ley número 290.
Categoría
Orden
1
Región