Durante el trámite de la solicitud de patente y una vez concedido el derecho, el solicitante debe hacer efectivo el pago de anualidades para mantener la patente vigente. La primera y segunda anualidades se encuentran comprendidas en la tarifa de presentación de la solicitud; a partir de la tercera anualidad el solicitante o su representante deben realizar el pago a través del formulario indicado, antes del inicio del año que corresponde.

Adicionalmente dispone de un plazo de 6 meses para el pago de la anualidad vencida, pero debe pagarse el doble de la cantidad establecida. Si no se paga esta tarifa, en dependencia del estado en que se encuentre la solicitud, ya sea en trámite o concedida la patente, se declara abandonada o caducada la solicitud, respectivamente (Artículo 43, Decreto-Ley número 290). La información sobre el monto de las anualidades a pagar está disponible en la Sección de Tarifas.

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